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Ayuntamiento de Lugo
27/04/24
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Los vecinos de Lugo podrán hacer obras menores solo con comunicárselo al Ayuntamiento


# Jueves, 04/04/2013
La Concejalía de Urbanismo simplifica los trámites para realizar este tipo de obras

El Boletín Oficial de la Provincia publica hoy la Ordenanza reguladora de las comunicaciones de obras menores

El Ayuntamiento de Lugo da un nuevo paso en la simplificación de los trámites administrativos con la Ordenanza reguladora de las comunicaciones de obras menores que hoy publica el Boletín Oficial de la Provincia.

El objetivo que se marcó la Concejalía de Urbanismo, que dirige Luis Álvarez, con la nueva Ordenanza es facilitar a los ciudadanos la realización de las obras que, por su sencillez y simplicidad, no requieren de mayores comprobaciones previas, ni ulteriores actuaciones administrativas.

Esta simplificación de trámites persigue facilitar la iniciativa de la ciudadanía y agilizar los actos de intervención municipal, como ya hizo el Ayuntamiento de Lugo, hace dos años, con la supresión de licencia municipal de apertura de comercios, que fue sustituida por la comunicación previa.

Con la entrada en vigor de la nueva norma municipal sobre la comunicación de obras menores, que se producirá en el plazo de quince días contados a partir de mañana, creara un procedimiento abreviado, y bastará con la presentación de una solicitud en el Ayuntamiento, acompañada de la documentación complementaria, para la realización de obras menores caracterizadas por la especial sencillez y simplicidad, excepto algunos casos especiales como las obras que afecten a edificios catalogados en el planeamento municipal o que se situen en su ámbito de protección.

A partir de ahora, la comunicación al Ayuntamiento será el único trámite preciso para realizar aquellas obras que tienen la consideración de menores, por su sencillez técnica, escasa entidad constructiva y económica, que no suponen alteración del volumen, uso, ni de las instalaciones y servicios de uso común o del número de viviendas y locales, y que no afecten al diseño exterior, cimentación, estructura o condiciones de habitabilidad o seguridad de los edificios o instalaciones.

Desde tabiques hasta vallados o pozos

Tal y como explica la Ordenanza, esta iniciativa supone que los vecinos de Lugo podrán tramitar por el procedimiento de comunicación al Ayuntamiento las siguientes obras:

1.- Acondicionamiento total de local, con modificación de la distribución interior, sin afectar la estructura del edificio y al subsuelo.
2.- Acondicionamiento parcial de locales en edificios con uso distinto la vivienda, sin afectar la estructura del edificio.
3.- Obras en el interior de la vivienda que no modifiquen la distribución, ni afecten la estructura.
4.- Supresión de tabique, obras de adecuación funcional en la vivienda (protección contra la humedad, aislamiento térmico y acústico) e instalaciones en vivienda.
5.- Pintado, reparación e impermeabilización de fachadas, medianeras, patios, terrazas y balcones. (Excepto en el ámbito del Plan especial de protección, rehabilitación y reforma interior del recinto amurallado).
6.- Relevo y colocación de carpintería exterior. (Excepto en el ámbito del Plan especial de protección, rehabilitación y reforma interior del recinto amurallado).
7.- Reparación y/o relevo de elementos e instalaciones comunes del edificio (ascensores, calderas, equipos de bombeo, escaleras, portales, porteros automáticos, etc.) sin afición estructural.
8.- Instalación de baixantes, canalones y antenas (excepto de telefonía móvil), sin afición estructural.
9.- Relevo y reparación del material de cubrición de las cubiertas, sin afición estructural.
10.- Instalación de nuevos elementos publicitarios en locales comerciales (rótulos, toldos, banderolas, etc.).(Excepto en el ámbito del Plan especial de protección, rehabilitación y reforma interior del recinto amurallado).
11.- Instalación y construcción de vallados, cierres de parcelas y sonar. (Excepto en los núcleos rurales en los que exista cierre tradicional. )
12.- Pozos de agua y foxas sépticas.
13.- Limpieza, desbroce y nivelación de sonar y parcelas, siempre que no altere el nivel natural del terreno ni afecte la ningún uso o instalación pública.
14.- Ajardinamientos, pavimentación, implantación de bordo e instalaciones necesarias para el uso o conservación de espacios libres de dominio personal siempre que no afecte a usos, servicios o instalaciones públicas.

Excepciones

Quedan excluidas de la tramitación comunicada aquellas obras que, aun siendo de escasa entidad, afecten a los edificios catalogados en el planeamento municipal o se sitúen en su ámbito de protección, aquellas que requieran autorización o informe de otras administraciones, salvo que la autorización se atribuirte con la comunicación, y también se excluyen las que supongan un uso privativo de dominio público y las que precisen de la excepción de las condiciones de habitabilidad.


La Ordenanza puede ser consultada en la página web del Ayuntamiento www.lugo.es


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