Cargando....
Ayuntamiento de Lugo
27/04/24
NOTICIAS
Escucha esta página

El Ayuntamiento tramitó seis obras menores en el primero día de vigencia de la Ordenanza que elimina la necesidad de solicitar licencia para este tipo de actuaciones


# Lunes, 22/04/2013
Los vecinos de Lugo se benefician de una norma con la que se agilizan los trámites administrativos para la realización de este tipo de obras

El Ayuntamiento estrenó hoy la nueva Ordenanza reguladora de las comunicaciones de obras menores que supone una nueva apuesta por la simplificación administrativa y la agilización de los trámites burocráticos en el término municipal de Lugo.

La nueva Ordenanza puesta en marcha por la Concejalía de Urbanismo, que dirige Luis Álvarez, entró en vigor este lunes y en este primer día ya fueron seis las obras menores tramitadas por este procedimiento abreviado en este departamento municipal.

El Concejal de Urbanismo destacó que, con esta nueva norma, el Ayuntamiento de Lugo avanza en la simplificación de las relaciones entre los ciudadanos y la administración municipal, ya que, gracias a ella, los vecinos de Lugo ganan tiempo y evitan trámites burocráticos para hacer obras de pequeña entidad.

Luis Álvarez destacó también la importancia de esa noticia normativa para ayudar a la dinamización de la economía local, ya que la eliminación de trabas burocráticas contribuye a fomentar la realización de pequeñas obras que dan trabajo a las empresas de un sector como es lo de la construcción que atraviesa graves dificultades en estos momentos de crisis económica.

Esta nueva Ordenanza regula la realización de obras menores previa comunicación al Ayuntamiento y sin necesidad de contar, como sucedía hasta ahora, con licencia municipal.
Un procedimiento semejante es lo que existe desde hace dos años en el sector del comercio, cuando el Ayuntamiento también suprimió la necesidad de solicitar licencia municipal para la apertura de comercios, trámite que fue sustituido por la comunicación previa.

En esta primera jornada de vigencia de la nueva Ordenanza reguladora de las comunicaciones de obras menores a Concejalía de Urbanismo despachó una comunicación para la pintura de la fachada de un edificio, otra para la renovación de una cubierta, una reforma de local comercial para cambio de actividad, la limpieza de una fachada de una casa de la zona rural y dos más para hacer reformas en el interior de otras tantas viviendas.

Segundo recoge la Ordenanza, esta iniciativa supone que los vecinos de Lugo podrán tramitar por el procedimiento de comunicación al Ayuntamiento las siguientes obras:

1.- Acondicionamiento total de local, con modificación de la distribución interior, sin afectar la estructura del edificio y al subsuelo.
2.- Acondicionamiento parcial de locales en edificios con uso distinto la vivienda, sin afectar la estructura del edificio.
3.- Obras en el interior de la vivienda que no modifiquen la distribución, ni afecten la estructura.
4.- Supresión de tabique, obras de adecuación funcional en la vivienda (protección contra la humedad, aislamiento térmico y acústico) e instalaciones en vivienda.
5.- Pintado, reparación e impermeabilización de fachadas, medianeras, patios, terrazas y balcones. (Excepto en el ámbito del Plan especial de protección, rehabilitación y reforma interior del recinto amurallado).
6.- Relevo y colocación de carpintería exterior. (Excepto en el ámbito del Plan especial de protección, rehabilitación y reforma interior del recinto amurallado).
7.- Reparación y/o relevo de elementos e instalaciones comunes del edificio (ascensores, calderas, equipos de bombeo, escaleras, portales, porteros automáticos, etc.) sin afición estructural.
8.- Instalación de baixantes, canalones y antenas (excepto de telefonía móvil), sin afición estructural.
9.- Relevo y reparación del material de cubrición de las cubiertas, sin afición estructural.
10.- Instalación de nuevos elementos publicitarios en locales comerciales (rótulos, toldos, banderolas, etc.).(Excepto en el ámbito del Plan especial de protección, rehabilitación y reforma interior del recinto amurallado).
11.- Instalación y construcción de vallados, cierres de parcelas y sonar. (Excepto en los núcleos rurales en los que exista cierre tradicional. )
12.- Pozos de agua y foxas sépticas.
13.- Limpieza, desbroce y nivelación de sonar y parcelas, siempre que no altere el nivel natural del terreno ni afecte la ningún uso o instalación pública.
14.- Ajardinamientos, pavimentación, implantación de bordo e instalaciones necesarias para el uso o conservación de espacios libres de dominio personal siempre que no afecte a usos, servicios o instalaciones públicas.

Quedan excluidas de la tramitación comunicada aquellas obras que, aun siendo de escasa entidad, afecten a los edificios catalogados en el planeamento municipal o se sitúen en su ámbito de protección, aquellas que requieran autorización o informe de otras administraciones, salvo que la autorización se atribuirte con la comunicación, y también se excluyen las que supongan un uso privativo de dominio público y las que precisen de la excepción de las condiciones de habitabilidad.

La Ordenanza puede ser consultada en la página web del Ayuntamiento www.lugo.es


Compartir:
Facebook Del.icio.us My Yahoo Technorati Meneame Wikio
RSS                                      Plan Avanza,Abre ventana nueva Instituto de Crédito Oficial,Abre ventana nueva