Logotipo
Inicio > Noticias > Programas de fomento del empleo en empresas d...

Programas de fomento del empleo en empresas de economía social y de promoción del cooperativismo

11/03/2014

ORDEN del 21 de febrero de 2014 por la que se establecen las bases reguladoras de los programas de fomento del empleo en empresas de economía social y de promoción del cooperativismo, cofinanciada parcialmente por el FSE, y se procede a su convocatoria para el año 2014.

Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas y subvenciones establecidas por la Consellería de Traballo e Benestar, con la finalidad de promover la incorporación de personas desempleadas a las entidades de economía social y apoyar el desarrollo de proyectos de creación de este tipo de empresas a través de los siguientes programas:

Programa I-Fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales.

Programa II-Fomento del acceso a la condición de persona socia trabajadora.

Programa III-Impulso de proyectos empresariales cooperativos y asistencia técnica.

Programa IV-Promoción de las cooperativas juveniles.

Programa V-Intercooperación e integración cooperativa.

Personas y entidades beneficiarias

a) Las cooperativas y sociedades laborales para las actuaciones previstas en el programa I de Fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales.

b) Las personas desempleadas, las demandantes de mejora de empleo, así como las personas asalariadas de las cooperativas y sociedades laborales, en los términos y para las ayudas previstas en el programa II de Fomento del acceso a la condición de persona socia trabajadora.

c) Las cooperativas y sociedades laborales de nueva creación o que acometan nuevos proyectos en los términos y para las actuaciones previstas en el programa III de Impulso de proyectos empresariales cooperativos y asistencia técnica, así como las personas y empresas privadas que presten los servicios de asesoramiento y acompañamiento en los términos previstos en el punto 3.2.1 de la base tercera.

d) Las cooperativas juveniles para las actuaciones y en los términos previstos en el programa IV de promoción de este tipo de entidades.

e) Las cooperativas y sociedades laborales que participen conjuntamente en proyectos de integración o colaboración empresarial, en los términos y para las actuaciones previstas en el programa V de intercooperación e integración cooperativa.

El plazo general para la presentación de las solicitudes de ayuda no será inferior a un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Orden:
http://www.xunta.es/dog/Publicados/2014/20140307/AnuncioCA05-260214-0001_gl.html


Compartir:
Facebook Del.icio.us My Yahoo Technorati Meneame Wikio
Centro de empresas e innovacion